Las labores del hogar y los cuidados son un trabajo esencial para que la sociedad pueda funcionar. Sin embargo, es algo que suele recaer con más frecuencia en las mujeres y de manera no remunerada. La ONU estima que las mujeres realizan al menos 2,5 veces más trabajo doméstico y de cuidado no remunerado que los hombres. De esta manera, las amas de casa se encuentran en una situación de aparente desempleo en la que dependen de una tercera persona que cubra sus necesidades económicas básicas.
Aunque no podemos decir que en España el Estado les proporcione a las amas de casa un subsidio como tal, sí existe una prestación que garantiza unos ingresos mínimos a quienes carecen de ellos y para la que pueden cumplir los requisitos algunas amas de casa. Hasta el 1 de noviembre de 2024, podían solicitar la RAI, pero ahora la única alternativa el Ingreso Mínimo Vital que garantiza una base de 658,81 euros euros al mes (7.905,72 euros anuales) que se incrementa si el perceptor tiene un grado de discapacidad igual o superior al 65% o en función de cómo se encuentre conformada la unidad de convivencia.
Se trata de una ayuda no contributiva cuya duración es indefinida, por lo que se podrá cobrar mientras dure la situación de vulnerabilidad económica. Eso sí, la Seguridad Social comprueba de forma regular que la prestación se siga necesitando.
Requisitos a cumplir
Cualquier persona con ingresos inferiores a la renta garantizada por el IMV y un patrimonio menor al máximo establecido podrá ser beneficiaria si, además, cumple con estos otros requisitos:
- Tener, al menos, 23 años (o 18 años si hay menores a cargo) y no estar casado, ni unido a otra persona como pareja de hecho.
- No ser beneficiario de pensión contributiva por jubilación o incapacidad permanente, ni de pensión no contributiva por invalidez o jubilación.
- Haber vivido independientemente al menos 1 año en el caso de familias y 3 años en el caso de personas solas.
- Las unidades de convivencia tendrá que haberse formado al menos 1 año antes de la solicitud.
- Los solicitantes que sean menores de 30 años deberán acreditar haber vivido de forma independiente en España durante al menos los dos años anteriores a la fecha indicada.
- Haber solicitado previamente las prestaciones a las que se pudiera tener derecho.
- Tener residencia legal y efectiva en España y haberla tenido de forma continuada e ininterrumpida durante al menos el año inmediatamente anterior a la fecha de presentación de la solicitud
Además, se contemplarán circunstancias especiales para las personas víctimas de trata, explotación sexual o violencia de género.
Cómo solicitarla
Es posible solicitar el IMV online, a través de la Sede electrónica de la Seguridad Social. En el primer paso del formulario, que se tarda unos 16 minutos en rellenar, hay que contestar unas preguntas previas con las que se realizará una simulación para ver si cumples los requisitos y el importe aproximado que tendría tu subsidio.
Se trata de una simulación que tiene un valor puramente informativo pero, con ese resultado puedes, si lo deseas, continuar y formular la solicitud. El plazo máximo de la Seguridad Social para resolver la solicitud es de seis meses desde la presentación. Transcurrido dicho plazo sin una resolución, se entenderá denegada la petición por silencio administrativo.
Eso sí, al momento de la solicitud del Ingreso Mínimo Vital hay que presentar la siguiente documentación por correo postal:
- Para acreditar la identidad: DNI, libro de familia, o certificado de nacimiento.
- Para acreditar la residencia legal en España: inscripción en el registro central de extranjeros, tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión Europea o autorización de residencia.
- Para acreditar el domicilio en España: certificado de empadronamiento.
- Para acreditar la existencia de la unidad de convivencia: certificado de empadronamiento o libro de familia, certificado del registro civil, o inscripción en el registro de parejas de hecho.
Foto de portada | Documerica
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