Hace unos meses, cuando saltó la noticia de que se van a acabar los clones en el mundo del diseño de muebles, os hablábamos de cómo pueden afectar las nuevas leyes europeas de copyright al mundo de la moda. Y todos los expertos coinciden en que es un asunto complicado, que en el mundo de la moda hay una línea muy delgada entre plagio e inspiración. ¿Por qué?
¿Qué leyes protegen los diseños de moda?
La pregunta clave a la hora de decidir qué leyes son aplicables al diseño de moda es, en sí misma, difícil de responder: ¿es un objeto utilitario o es arte? Lógicamente, la respuesta varía según la prenda concreta. Una camiseta básica de una marca low cost, por poner un ejemplo, parece claro que es un objeto de uso diario. Pero, ¿unos zapatos Louboutin? ¿Un trench Burberry? ¿Un traje de chaqueta de tweed Chanel? Lo dicho: la frontera es muy delgada y muy difícil de determinar.
Diferentes leyes entran en juego a la hora de hablar de protección de derechos. Por una parte, la Ley de Diseño Industrial, que concede al titular del diseño el derecho en exclusiva sobre el mismo durante 25 años. También existe la llamada protección del diseño no registrado, que permite al creador del diseño contar con derechos frente a terceros durante los 3 primeros años. Sin embargo, esta protección es mucho más débil que la protección que otorga el diseño registrado y prácticamente solo protege de plagios exactos.
También debemos tener en cuenta la Ley de Marcas, que puede proteger un diseño a través de su protección como marca, de forma indefinida (renovable cada 10 años). Dentro de este marco legal, se encontrarían las llamadas marcas tridimensionales, de color o de posición. Un ejemplo de esta circunstancia sería el reconocimiento a Levi's del posicionamiento de las costuras de los bolsillos traseros de sus pantalones vaqueros. Obtener una marca de posición es muy complejo: Levi's lo consiguió al demostrar una distintividad obtenida por el uso.
Y, por último, está la Ley de Propiedad Intelectual, que protege creaciones «literarias, científicas y artísticas». Y que, en este caso, hace las cosas un poco más complicadas, pues cualquier puede reclamar ser el autor original de un diseño, aunque, lógicamente, demostrarlo requiere un esfuerzo mucho mayor.
¿Cómo afecta la legislación en la práctica?
El marco legal, como hemos visto, es complejo. Además, registrar una colección completa resulta muy caro. La práctica habitual por parte de las marcas consiste en registrar sus modelos más icónicos, los que tienen intención de perdurar en el tiempo y no limitarse a una sola temporada.
Tal como nos explica Álvaro Ramos Suárez, asociado del bufete Abril Abogados, la Ley del Diseño permite la divulgación inocua, lo que permite al diseñador o la empresa comercializar el producto y registrarlo posteriormente en un plazo máximo de 12 meses. Esto permite a las empresas valorar si resulta conveniente o no proteger un diseño, en función del éxito que ha tenido durante el primer año.
La relación entre pequeños diseñadores y grandes marcas es una reedición del mito de David contra Goliat. En caso de que una marca copie un diseño registrado, el contencioso no suele llegar a los juzgados y se resuelve mediante acuerdos privados, generalmente por razones económicas: la colección debía estar registrada (lo cual es un coste difícil de asumir para un pequeño diseñador) y, lógicamente, el diseñador debe asumir los honorarios de unos abogados para enfrentarse a marcas que tienen sus propios equipos jurídicos. Además, los procesos legales se pueden dilatar en el tiempo hasta cinco años, cuando el diseño ya no tendrá interés comercial.
Otro factor fundamental es que la consideración de una prenda como obra de arte es subjetiva. Seguro que pocos dudaríamos en considerar el LBD de Givenchy que lució Audrey Hepburn en Desayuno con diamantes como una obra de arte, aunque solo fuera por su rol de icono. Y tampoco dudaríamos en decir que unos pantalones vaqueros producidos en serie, independientemente de su precio, son un objeto utilitario. Pero hay mucho en medio de ambos conceptos: prendas, bolsos, zapatos... que algunos considerarían arte y otros no.
Otra consideración subjetiva es la diferencia entre copia e inspiración. Lo vemos cada pocos días en nuestra sección Clonados y pillados. Los diseños clon nunca son exactamente iguales al original. Cualquiera de las marcas acusadas de clonar un diseño se defenderá, en el caso de una posible demanda, diciendo que se han inspirado en el original. Y solo un juez podrá determinar si algo es copia o es un diseño original inspirado en otro.
Cuando un icono se convierte en marca registrada
Existen determinadas características que, a poco entendidos que seamos en el mundo de la moda, todos identificamos con una determinada marca. La suela roja de Louboutin o el estampado de cuadro Burberry serían buenos ejemplos de ello. José Mariano Cruz e Inmaculada López, del despacho Eversheds Nicea, nos comentan que una de estas características se puede convertir en imagen de marca, sin necesidad de registrarla, como sí se hace con los logos, por ejemplo.
La suela roja de Christian Louboutin ha estado, precisamente, en el centro de un par de demandas que demuestran cuán complicada es la legislación sobre clones, inspiraciones y copias. La más conocida de ellas fue la demanda de Louboutin contra YSL por la utilización de la suela roja en algunos de sus diseños.
En 2011, Louboutin perdió esta demanda, pero le fue reconocido el derecho a utilizar en exclusiva la suela roja siempre que contrastara con el color principal del zapato. Dicho de otra manera, la suela roja (recordemos, solo en contraste de color) queda reconocida como objeto de protección por el derecho de marca.
Sin embargo, al año siguiente, perdió de nuevo una demanda, en esta ocasión presentada contra Zara (debió indemnizar al gigante gallego con 2.500 euros por compensación de costas). Los argumentos del juez del caso no hacen más que demostrar lo complicado que es el derecho de la moda: que el registro de la suela roja por parte de Louboutin se basaba en términos muy vagos, que ni siquiera tenía una referencia oficial de color (en la escala Pantone) y, por último, que nadie puede confundir unos zapatos de 400 euros con unos de 50.
¿Por qué no hay más demandas en el mundo de la moda?
Todo lo dicho se puede resumir en que hay varias causas para que apenas haya demandas por infracción de diseños en el mundo de la moda. Álvaro Ramos nos las resume de la siguiente manera:
El alto coste del registro de los diseños, que hace que muchas prendas no estén protegidas.
La contradicción entre el dinamismo de la moda, que está en permanente evolución, y la dilación en el tiempo de los procedimientos de demanda.
El elevado coste de las propias demandas.
El hecho de que si una gran marca copia un diseño, cuenta con un equipo jurídico especializado que la sitúa en una situación ventajosa frente a un pequeño diseñador.
La complejidad al diferenciar entre prendas utilitarias y prendas con carácter singular. Por ejemplo, como mencionábamos antes, unos pantalones vaqueros son un objeto de uso, pero si son unos Levi's cuentan con la protección de las costuras de sus bolsillos traseros.
Copias, inspiraciones, plagios y clones. Las fronteras entre unos conceptos y otros son muy difusas y, en la mayoría de los casos, queda en manos de un juez concreto delimitarlas. Las marcas seguirán batallando de vez en cuando en los tribunales, las fashionistas seguiremos intentando cazar clones a precio ventajoso y las leyes seguirán tratando de poner paz entre las partes.
Imágenes | Inditex, Christian Louboutin, Wikimedia Commons.
En Trendencias | Con las nuevas leyes de copyright, ya no podremos tener ninguno de estos muebles icónicos. ¿Ocurrirá lo mismo con la ropa?
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